Avisos legales
Fecha: 13 de enero de 2026
Notificación por Aviso
C-1334-2024 Juzgado de Letras Ancud

En causa ROL C-1334-2024 ante Juzgado de Letras Ancud, carátula BOZO/GÓMEZ, sobre indemnización de perjuicios se decretó el 30 de diciembre de 2025, notificar en extracto demanda, proveído y resolución que se alude por avisos, al demandado TRANSPORTES MC SPA, RUT 77.517.817-5, representada legalmente por don Marcos Andrés Cárdenas Milapichun, run 15.288.715-9 y al demandado don Hugoberto Gómez Inayao run 8.805.597-3. En lo principal de demanda las abogadas Francisca Ortiz Vergara, run 18.381.195-9 y Ariana Barros Escorza, run 18.704.331-k, en representación de PATRICIO JAVIER BOZO HENRÍQUEZ, run 16.045.874-7 y CRISTIAN JAVIER BOZO HENRÍQUEZ, run 17.228.578-3, interpone demanda de indemnización de perjuicios en responsabilidad civil extracontractual en procedimiento sumario conforme art. 680 n°10 del CPC en contra de los demandados indicados y otro, conforme a fundamentos de hecho y derecho que se exponen, solicitando tener por interpuesta la demanda acogerla a tramitación y en definitiva, dar lugar a ella declarando que los demandados son solidariamente responsables de los daños ocasionados a los demandantes, ordenando pago de $269.757.642 por concepto de indemnización de perjuicio o lo que estime conforme a Derecho, con costas. En los otrosíes se acompañan documentos, indica forma especial de notificación, personería y se tenga presente que se asume el patrocinio de manera personal por parte de las representantes. A folio 2 de 18 de diciembre de 2024, resuelve a lo principal tener por interpuesta demanda de indemnización de perjuicios en procedimiento sumario y cita las partes a audiencia de contestación y conciliación. Que por petición de parte demandante a folio 98 en, lo resolutivo A folio 99 de 30 de diciembre de 2025, resuelve a lo principal como se pide, se fija nuevo día para audiencia de contestación y conciliación el el 10 de febrero de 2026, a las 11:00 horas, indicando que se hará de manera presencial en dependencias del Tribunal ubicado en calle Almirante Latorre S/N, Ancud, las partes deben tener cédula de identidad, pudiendo solicitar comparecencia remota a través de videoconferencia con a lo menos 2 días de anticipación a la celebración, si se cumple los requisitos, debiendo ser ingresada por oficina judicial virtual y excepcionales por correo electrónico del Tribunal jl_ancud@pjud.cl, indicando número de teléfono y correo electrónico, conforme art. 77 CPC. Si el demandado constituye patrocinio se indica formas de hacerlo, como mandato judicial, firma electrónica simple del mandante conjuntamente con letrado por Oficina Judicial Virtual y acompañando copia de cédula de identidad de abogado y patrocinado, sin perjuicio de hacerlo en las dos últimas opciones, se debe ratificar poder ante ministro de fe ,en horario de 12:00 a 13:00 hora de lunes a viernes y se pide que se acompañe contestación de demanda con antelación a realización de audiencia. Al primer otrosí: Como se pide, exhórtese al Juzgado de Letras de Castro fin de que el tribunal exhortado ordene la notificación por cédula de don Carlos Omar Barria Barria, cédula de identidad N°10.487.360-K, en su domicilio ubicado en Sector Pindapulli s/n, comuna de Dalcahue. Segundo otrosí, con fecha 30 de diciembre de 2025, resuelve que atendido al mérito de autos, lo dispuesto al art. 54 del CPC, ha lugar notificación por aviso al demandado TRANSPORTES MC SPA, RUT 77.517.817-5, representada legalmente por don Marcos Andrés Cárdenas Milapichun, RUN 15.288.715-9 y al demandado don Hugoberto Gómez Inayao cédula de identidad número 8.805.597-3, por medio de avisos, practicando 3 publicaciones legales en diario de circulación provincial y una sola vez en Diario Oficial correspondiente al 1° o 15° o al día siguiente si no se ha publicado en fecha indicada, mediante extracto, realizado por demandante y aprobado por señora secretaria del Tribunal. Una vez notificado el demandado deberá fijar domicilio dentro del radio urbano dentro del término de emplazamiento, bajo apercibimiento de serle notificadas por estado diario las resoluciones posteriores que se dicten en este juicio, si así no lo hiciere. Proveyó don Hernán Felipe Alarcón Pérez, Juez del Juzgado de Letras de Ancud. Los demás antecedentes de la demanda y resoluciones extractadas se encuentran a disposición en Oficina Judicial Virtual. Al tercer otrosí como se pide, se autoriza la comparecencia remota de los apoderados de la parte demandante a la audiencia señalada. La parte que solicita dicha comparecencia deberá conectarse al siguiente link Zoom: https://zoom.us/j/93003328504

Enlace de este aviso: http://www.diariochiloe.cl/legales/c-1334-2024-juzgado-de-letras-ancud/7330/2026-01-13

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