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Por María Isabel Triviño , 21 de diciembre de 2020

Detuvieron a los 19 participantes de cumpleaños en Ensenada

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Los 2 organizadores, junto a 2 invitados reincidentes en infracción a normas sanitarias, pasaron a control detención por incumplir artículo 318 del Código Penal. A cada uno se le impuso multa de $290 mil.

Por delitos contra la salud pública, 4 personas pasaron este lunes 21 de diciembre a audiencia de control de detención en el Juzgado de Garantía de Puerto Varas. Se trató de 3 hombres y 1 mujer, quienes este domingo 20 estaban en una fiesta de cumpleaños que se desarrollaba en el sector de Ensenada, en la citada comuna que está en fase 2.

En el evento había 19 personas que fueron detenidas por incumplir el artículo 318 del Código Penal. Sin embargo, el fiscal Fabián Fernández pasó a audiencia de control de detención a 4 de ellas, conforme a las directrices de la Fiscalía. Se trata de los 2 organizadores de la fiesta y 2 imputados, que eran reincidentes en infracción a las normas sanitarias. En cuanto a los otros 15 imputados, también se inició investigación penal, pero no pasaron a control de detención.

Al respecto, el persecutor señaló que los 4 detenidos fueron puestos a disposición del citado tribunal, “por su participación en un delito contra la salud pública”, lo que agregó “dice relación con un procedimiento adoptado este 20 de diciembre, cerca del mediodía por funcionarios de la Tenencia de Ensenada, respecto de una reunión social recreativa, concretamente un cumpleaños, que se estaba celebrando en dicho lugar, con un aforo de 19 personas”.

Acotó que a raíz de lo anterior se materializó la detención de dichas personas, a la vez que recordó que Puerto Varas se encuentra en cuarentena obligatoria durante los fines de semana y festivos, como asimismo tiene restricciones en cuanto a la realización de reuniones sociales y recreativas, porque la comuna se encuentra en fase 2 en el Plan Paso a Paso.

El fiscal Fernández también informó que las cuatro personas fueron condenadas por infracción al artículo 318 del Código Penal, imponiéndosele a cada uno de ellos una multa efectiva ascendente a una suma aproximada de $290 mil. 

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